Dación en pago, por una segunda oportunidad

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Algunos partidos políticos que se autoproclaman al lado de los más débiles no pasan de blandir banderas antidesahucios o participar en algaradas callejeras, cuando no las provocan… En Cs que somos más de trabajar lo que hacemos es intentar crear las condiciones legales que ayuden o palíen las terribles consecuencias de la crisis económica que sufre la gente mas desfavorecida. Así surge la Proposición de Ley de Segunda Oportunidad que Ciudadanos presentó en el Congreso en enero y que se encuentra en tramitación en estos momentos.

Foto Ordine della Giarrettiera (Flikr)

La crisis económica que venimos padeciendo desde hace años en general, y la particular crisis “del ladrillo”, ha llevado a la calle, literalmente, a familias enteras y a emprendedores, o a pequeños empresarios que además devastaba la situación económica de los pocos trabajadores que tuvieran. Ya en 2015 se aprobó una ley de segunda oportunidad cuyos mecanismos se han demostrado muy limitados, debido fundamentalmente al carácter restrictivo de los requisitos para el acceso al beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho, por lo que ni la inmensa mayoría de familias, ni deudores en general tiene acceso a este beneficio. Desde 2008 se han destruido en España más de 175.000 empresas formadas por personas físicas, tragedias personales y para la economía del país.

La Proposición de Ley de Cs tiene dos grandes ámbitos de actuación; los pequeños empresarios y los deudores hipotecarios, especialmente familias. Se contemplan medidas tendentes a la reestructuración y condonación de las deudas, alcanzando un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores modulando los requisitos para la concesión del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. Así se amplía la exoneración a todos los créditos del deudor, incluyendo sus deudas con Hacienda y la Seguridad Social con pocas excepciones como son los créditos por alimentos.

También se amplían los efectos del beneficio a los fiadores y avalistas del deudor que se encuentren en situación de vulnerabilidad. En cualquier caso la solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho deberá incorporar una propuesta de plan de pagos antes de haber entrado en situación de insolvencia, así como de un plan de viabilidad para la empresa. Desde su presentación dejarán de devengarse intereses de los créditos existentes. De esta forma se aligera la carga al deudor y el acreedor se asegura mínimamente que va a cobrar facilitando la continuación de la actividad empresarial.

Las medidas más novedosas son el alquiler social y la dación en pago. Se establecen para proteger a las personas y familias en situación de sobreendeudamiento por causas sobrevenidas, tales como el desempleo, un fracaso empresarial, una enfermedad u otras causas similares, que hacen que no puedan seguir pagando el recibo de sus hipotecas o que estén cercanos al lanzamiento por haberse ejecutado la misma.

Con algunos requisitos más se establece el derecho de aquellos a solicitar la permanencia en la vivienda y suspender el lanzamiento tras la ejecución hipotecaria que no ha cubierto la totalidad de la deuda por un plazo de tres años, prorrogables hasta cinco, con el pago de una renta mensual que no superará el 30% de sus ingresos al mes. Finalizado el tiempo de alquiler éste se imputará a la cancelación de lo que resté por pagar. En el caso en que la dación en pago cancele la totalidad de la deuda el hipotecante podrá continuar en la vivienda a titulo gratuito durante dos años siempre que sus ingresos no superen el doble del IPREM y que no disponga de otra vivienda, entre otras cosas.

Por último este Proyecto de Ley amplia los márgenes de la inembargabilidad aumentando el número de percepciones que son inembargables incluyendo entre ellas prestaciones públicas destinadas a cubrir necesidades básicas o ayudas para ello, tales como becas de estudios, ayudas a la dependencia, el subsidio por desempleo…. También se declara el derecho a la justicia gratuita para las personas jurídicas que no dispongan de bienes suficientes para litigar en relación a los procedimientos concursales.

Con esta nueva ley no solo se da mayor protección y ayuda a los más desfavorecidos, también se contribuye a fortalecer el sistema crediticio y a impulsar el crecimiento económico en beneficio de todos.

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